En Colombia, nos quejamos mucho porque se apropiaron del nombre de nuestro caballo. Nos quejamos por la falta de claridad en los “prototipos” que deberían tener nuestros caballos de determinados andares. Nos quejamos mucho por los problemas de alzada que tienen muchos ejemplares y los sobre-costos que causa este problema a los criadores, que los caballos no transmiten a sus crías el andar en el cual compiten, … nos quejamos por los cojos, por los picudos, por los belfos, etcétera … En fin nos quejamos. “La queja” debería ser considerada deporte nacional.
Pero muy poco hacemos realmente para corregir aquello de lo cual nos quejamos.
Registrar un caballo en Colombia vale un dineral. A veces resulta más costoso que el exiguo precio final que se logra por el ejemplar mismo después de arrendado… El costo del registro tiene varios ítems, pero los dos más costosos son la verificación de parentesco (ADN) y el servicio de empadronamiento.
A las asociaciones les viene a quedar neto, como ingreso para ellas, no más de $80.000 o $100.000 pesos.
Por otra parte en nuestro país, es prácticamente “obligatorio” registrar un caballo. No es un derecho que se obtiene por cumplir unos estándares de calidad, sino que está regulado como una obligación, lo cual resulta absurdo si el objetivo es mejorar nuestra caballada.
En efecto, si la cría no se registra dentro de los primeros 18 meses de vida, hay un sobre costo que prácticamente duplica el precio del registro. Eso viene a ser “una multa” para el criador y lo que busca es favorecer algún nivel de recaudo permanente para las asociaciones.
O sea que nuestro sistema de registros parte de una filosofía claramente “alcabalera”. Lo que importa es el recaudo. La calidad y los estándares básicos del caballo criollo colombiano no son determinantes para efectos del registro. Así es. Aunque nos duela decirlo.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al registro de un ejemplar equino en Colombia?:
• Que los dos padres tengan registro y se encuentren identificados con ADN.
• Que exista reporte de monta del propietario del caballos (para asegurar que el salto no sea “robado”)
• Que la cría esté viva
No se requiere nada más desde el punto de vista técnico. Lo demás son detalles logísticos: sacarle unas fotos al ejemplar de lado y de frente, tomarle una muestra de pelos para hacer la prueba del ADN y PAGAR el costo correspondiente. No se exige nada más.
Ni siquiera se exige que la cría cumpla con las condiciones establecidas por el reglamento para poder competir: que cuente con una conformación aceptable de aplomos, que no sea panda, que no sea belfa, que no sea picuda, que tenga la alzada mínima, que no tenga pintas descalificantes, que no sufra de arpeo … en fin. Nada de eso se requiere para obtener el registro: Así un animal padezca uno, varios o todos los defectos mencionados, con tal de que PAGUE las tarifas, en FEDEQUINAS le expedirán su registro.
Como vemos, el primer “puesto” de control, desde la fuente, que podríamos aplicar en pro de la estandarización de las características de nuestro caballo, para depurar sus condiciones genéticas de crianza en ciertos aspectos técnicos y para mejorar la información al respecto se está desaprovechando. Pero además, por permitir que cualquier animal pueda acceder a un registro, los defectos en lugar de corregirse, se están reproduciendo sin control alguno.
En ese orden de ideas FEDEQUINAS promueve un sistema de registros con una concepción errónea, a mi modo de ver. Con lo que hay, no se promueve la calidad de los animales y mucho menos la fidelidad de los datos que podría aportar el registro para efectos estadísticos y de análisis.
Por promover el registro a corta edad, se presentan constantes errores en los colores. Es un hecho que los potros cambian mucho su color desde el momento de su nacimiento hasta que logran su pubertad o madurez. Cada rato ve uno animales compitiendo de color diferente al declarado en su registro.
En el andar registrado también se presentan problemas. Regularmente los criadores declaran los potros por el andar que tienen ambos padres, o por el andar del padre, o por el andar que muestran los potros de pequeños y/o a veces por el andar que “deseamos” que tenga la cría… Pero por culpa de ese registro “prematuro”, es un hecho que en muchas ocasiones el animalito, después de arrendado, no queda ejecutando ese andar con el cual fue registrado. Y oh problema! Esto exige que posteriormente haya que acudir a la “homologación del andar”, el cual tiene altos costos para el propietario.
Vemos en las pocas estadísticas que algunos hacen con relación a ciertos aspectos de nuestros caballos parten del supuesto de los datos consignados en los registros (por ejemplo andar y color), cuando esos datos, como ya se ha explicado, no se encuentran debidamente verificados con la realidad adulta de los ejemplares registrados. Son simplemente datos “reportados” al momento del registro, pero los cuales en muchas ocasiones no coinciden con la realidad del animal registrado.
Esa filosofía del registro a temprana edad que FEDEQUINAS favorece con su reglamentación, genera problemas de desviación para efectos estadísticos: Por ejemplo: no hay forma de saber las condiciones verdaderas que tenían los padres de un cierto ejemplar, como para poder analizar de ”donde venimos”, para tratar de pronosticar con datos más precisos “hacia donde vamos” si utilizamos ciertos ejemplares para reproducción.
Muchos de los reproductores que se comercializan no son hijos de yeguas competidoras que uno haya podido ver en pista. Como los registros, en el sistema actual, aportan una información demasiado exigua, vamos a ciegas sobre muchos aspectos: ¿de donde vienen los padrotes y yeguas?, ¿Cómo eran sus padres?, ¿Qué características poseían?, ¿Qué defectos los acompañaban? En la mayoría de los eventos carecemos de datos fidedignos con relación a si entre los ancestros había ejemplares con: alzada insuficiente, pintas descalificantes, defectos físicos como picudos, pandos, belfos, etc. Datos todos que podrían hacer parte de los registros de cada ejemplar.
La mayoría de ese tipo de datos solo se hacen evidentes cuando el animal ha llegado a su desarrollo óseo máximo, (según la literatura se logra alrededor de los 40 meses).
Resulta increíble que lloremos por haber perdido la marca, pero no por controlar la calidad del producto. Es lamentable que aquí no tengamos un control de calidad mínimo a la hora de otorgar registros. Yo creo, con todo respeto, que los animales que no cumplen con los requisitos, de origen genético, mínimos para competición NO DEBERÍAN poder acceder a un registro.
El registro a temprana edad, entre los errores de información que hemos señalado, también favorece la multiplicación de defectos básicos. En efecto, todos los animales registrados se pueden utilizar para reproducción sin limitación alguna.
Los registros deberían ser un derecho exclusivo y excluyente de los animales que cumplan con los parámetros básicos. Empecemos por lo mínimo: El registro solamente se debería permitir a partir de los 36 meses para ejemplares que den la alzada, tengan aplomos aceptables, no padezcan de pintas irreglamentarias (salvo machos castrados), no sean belfos, picudos, pandos, calambrosos y demás defectos de origen genético que impiden competir.
Es un gran error continuar con el sistema actual. Esperemos que algún día, empecemos a pensar más en el futuro del caballo que en la platica para que sobrevivan algunas asociaciones, o en las “excepciones” que al pasar el tiempo, no benefician a nadie. A todos nos perjudican.
Ojalá algún día se logre la visión de que en un mundo competido como el de hoy, lo que manda es la calidad y los estándares. Mejorando la calidad y estándares del promedio base de cría, con seguridad se mejorará la calidad y aumentará la cantidad de las estrellas.