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Foro del Caballo de Paso - suscaballos.com => Caballo Criollo Colombiano => Mensaje iniciado por: San Francisco en Octubre 11, 2009, 02:06:06 pm
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para registrar la crias de una yegua que no està a nombre del que la tiene se debe haceren una notaria con dos testigos un documento (declaracion extrajuicio) donde conste que la Yegua la tiene en su poder por el tiempo que ud. dice, ojo esto sirve para registrar las crias de la Yegua con el nombre de su criadero pero no para el traspaso, esto lo contò una persona que me està vendiendo una Yegua donde nunca se hizo el traspaso y el propietario descansa en los reinos de dios.
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Primero que todo hay que hacer la declaracion extrajuicio exponiendo lo que tu comentas para posteriormente dirigirte a la asociacion y solicitar el traspaso de la yegua ya que las crias que nascan salen como criador la persona que aparesca como propietario en el registro de la yegua madre.
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Correcto lo manifestado por el señor Mario, ya que la declaración extrajuicio es la que le va a servir de soporte para hacer el Traspaso ante la asociación; si Ud no va a realizar traspaso no tiene ningún sentido hacer la declaración. Y por supuesto si la yegua madre no está a nombre suyo no va a poder figurar como criador, pero si lo puede hacer como propietario de sus hijos. En este caso las asociaciones han convalidado la declaración cuando se tiene la Posesión de un animal determinado y no se cuente con la firma para el traspaso. En resumen derecho civil aplicado ( la posesión).
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A mi me pàso lo sgte
La yegua estaba a nombre de el Cr Paso de las Aguilas y nacio la cria y solo meses despues se hizo el traspaso, posteriormente la registramos en asdeoccidente.
En asdeoccidente me dijeron que salia como criador El Paso de las Aguilas y como propietrario Yo.
Que no habia ninguna posibilidad que saliera como criador yo.
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LAS DECLARACIONES EXTRAJUICIO NO SO VÁLIDAS POR FEDEQUINAS YA QUE FUERÓN ABOLIDAS POR FEDEQUINAS.
LO ÚNICO QUE VALE ES EL TRASPASO A NOMBRE DEL QUE ESTÉ EL REGISTRO, QUIERE DECIR QUE SI TENGO UNA TEGUA A NOMBRE DE OTRO LA CRIA SALDRÁ A NOMBRE DEL QUE ESTÉ EL REGISTRO COMO PROPIETARIO,ASÍ YO LA TENGA I LE PONGA EL CABALLO Y CRIE EL EJEMPLAR.
ESA ES LA LEGISLACIÓN Y LO ÚNICO QRE VALE ES TENER EL TEGISTRO A NOMBRE DE UNO.
ATA JALISCO.
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LAS DECLARACIONES EXTRAJUICIO NO SO VÁLIDAS POR FEDEQUINAS YA QUE FUERÓN ABOLIDAS POR FEDEQUINAS.
LO ÚNICO QUE VALE ES EL TRASPASO A NOMBRE DEL QUE ESTÉ EL REGISTRO, QUIERE DECIR QUE SI TENGO UNA TEGUA A NOMBRE DE OTRO LA CRIA SALDRÁ A NOMBRE DEL QUE ESTÉ EL REGISTRO COMO PROPIETARIO,ASÍ YO LA TENGA I LE PONGA EL CABALLO Y CRIE EL EJEMPLAR.
ESA ES LA LEGISLACIÓN Y LO ÚNICO QRE VALE ES TENER EL TEGISTRO A NOMBRE DE UNO.
ATA JALISCO.
entonce la declaracion extrajuicio no sirve de nada para aparecer en el registro de la cria
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SÓLO A NOMBRE DEL QUE ESTE EL REGISTRO APARECERÁ COMO CRIADOR DEL EJEMPLAR A REGISTRAR.
NO HAY NADA QUE HACER YA QUE ESA ES LA LEGISLACIÓN.
YEGUA COMPRADA YEGUA TRASPASADA Y NOS EVITAMOS DOLORES DE CABEZA,
ATA JALISCO.
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Jalisco, tampoco como propietario de la cria
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SÓLO A NOMBRE DEL QUE ESTE EL REGISTRO APARECERÁ COMO CRIADOR DEL EJEMPLAR A REGISTRAR.
NO HAY NADA QUE HACER YA QUE ESA ES LA LEGISLACIÓN.
YEGUA COMPRADA YEGUA TRASPASADA Y SAÍ NOS EVITAMOS DOLORES DE CABEZA,
ATA JALISCO.
jalisco ,, eso esta claro el ejemplar a registrar aparecera como criado por el dueno del registro de la mama , pero como propietario del animal a registrar quien aparece?
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El propietario es el que registra el caballo no tiene nada que ver con el criador.
ata jalisco
NOTA:CUANDO LA YEGUA ES DE MI PROPIEDAD Y APARECE A NOMBRE DE OTRA PERSONA EL REGISTRO DEL POTRO A REGISTRAR SALE COMO PROPIETARIO UNO QUE ES EL DUEÑO Y EL CRIADOR A NOMBRE DEL QUE ESTÉ EL REGISTRO
ata jalisco..
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GRACIAS, JALISCO por la aclaracion
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Tampoco es tan facil,Tengan en cuenta QUE SE DEBE POSEER Y ENTREGAR EL REGISTRO ORIGINAL.
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ESTOS SON LOS SIGUIENTES PASOS PARA PODER TRAMITAR UN TRASPASO CUANDO SE DESONOCE LA UBICACION DE LA PERSONA QUE FIGURA EN EL REGISTRO:
1. IR A LA ASOCIACION MAS CERCANA Y SOLICITAR QUE A TRAVES DE FEDEQUINAS SE TRATEN DE LOCALIZAR A LA PERSONA, ESTO LO HACE FEDEQUINAS CON LAS ASOCIACIONES FEDERADAS. EN UN TIEMPO DE APROXIMADAMENTE DE 1 MES SI NO SE HA LOCALIZADO A LA PERSONA, FEDEQUINAS AUTORIZA EL TRASPASO EL CUAL SE DEBE PRESENTAR CON LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
*DECLARACION EXTRAJUCIO ( CON DOS TESTIGOS)
* ACTA DE TRASPASO ESTA ACTA ES DIFERENTE AL FORMATO DE TRASPASO, SE PUEDE SOLICITAR EN CUALQUIERA ASOCAICION.
*REGISTRO ORIGINAL O DENUNCIO DE PERDIDA
*COPIA DE CEDULA DE CIUDADANIA
EN EL CASO DE QUE LA YEGUA TENGA CRIA ANTES DE HACER EL TRASPASO ESTA LE FIGURARA COMO CRIADOR EL QUE APARECE EN EL REGISTRO.
DESPUES QUE USTED TENGA EL TRASPASO A SU NOMBRE LAS CRIAS QUE LE NAZCAN SI SALDRA USTED COMO CRIADOR
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gracias saray .saludos
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SR. EMILIANO ESTE ES EL FORMATO QUE UNO DEBE ENVIAR
SALUDOS
SARAY