Que se firme un contrato es deseable y es importante, puede ser de manera electrónica, un correo electrónico de lado y lado puede ser suficiente.
Las condiciones deben ser claras y sencillas. Por ejemplo restringir la yegua para la cual se vende el servicio se vuelve inocuo, por lo general el derecho a los servicios de un reproductor es transferible, los saltos son objeto de intercambio. La garantía de cría viva debería ser un estándar. El riesgo de muerte del reproductor lo debería asumir el dueño del reproductor (devolver el dinero del salto, no de los envíos), los saltos no deberían tener vencimiento. El entendimiento sobre lo que es un envío de semen es fundamental, el trabajo asociado al envío de semen no es parte del salto. Etc.
Fedequinas podría ser garante de los saltos y cobrar un muy pequeño valor, podría haber un sistema de registro, la reglamentación debería ser para poner orden y dar seguridad.
El modelo de contrato publicado es una buena guía, aunque para mi gusto contempla demasiadas variantes.
Carlos Mejía