son muy pocos los que entienden cual es el planteamiento de este tema en el foro, solo creo que cada uno debe dar su opinion para que asi algun dia, en el cual se decida legislar sobre el tema, se pueda tener muchos puntos de vista sobre esto, pero ninguno de nosotros tiene la verdad absoluta sobre esto, solo una opinion y esta depende de nuestro punto vista y nuestra necesidad, pero se debe tener en cuenta todos los actores a la hora de legislar.
si ustedes son comerciantes de saltos o aquellos que aprovechan promociones de saltos, van a estar en desacuerdo que se pongan limites de uso para estos, por obvias razones afecta su negocio directamente.
si son criadores, van a estar afectados por muchas variables, los celos de las yeguas, la viabilidad de estar para quedar preñadas, la disponibilidad del semen cuando se necesite, la calidad del semen, problemas con los servicios de envio( cierre de aeropuertos, trancones), esperar al destete si no queda preñada en los primeros celos despues del parto; en fin son muchas las variables entendiendo la buena fe departe del dueño de la yegua como del caballo y sus respectivos veterinarios.
si son dueños del reproductor, ustedes estan vendiendo un servicio, dando unas garantias como tres colectas en al semana, garantia de cria viva, y otros hablan de crias viables, pero de esto no depende que ustedes como propietarios deban tener una obligacion de por vida hasta que el que compro el salto se digne a pedir un reporte de monta y ademas registre el animal.
porque si no le ponen limite a esto cual seria, si me nace una cria muy pintada entonces digo que nacio muerta y pido mas semen, si no registro hasta que el animal este de arrendar para el dueño del reproductor este es un salto que todavia deberia estar pendiente, porque solo con el reporte de monta yo puedo despues alegar que se aborto o que nacio muerto y se me habia olvidado llamar para reportar esto.
indudablemente por eso esta pasando esto, la poca seriedad en el negocio, los que compramos un salto solo tenemos un recibo de consigancion ( que la mayoria de veces se hace a nombre de otras personas que no es el dueño del reproductor que aparece en fedequinas, secretarias, veterinarios, otro dueño, etc), y depues como podemos reclamar ante una eventualidad.
pero si yo soy el dueño del repoductor, y por quinientos mil o por un millon, voy a tener una obligacion de por vida con el que me compre un salto, hasta que este se digne a registar la cria, entonces esto de poder preñar nuestras yeguas de caballos ajenos se va a poner muy dificil.
ademas tienen que tener en cuenta que el negocio en este momento se basa en la etica de los veterinarios que manejan tanto el reproductor como las yeguas, los envios valen y si es uno por preñes esto es llevadero, pero cuando se presentan problemas de calidad de semen, cantidad de espermatozoides, volumen del eyaculado y nos envian semen de mala calidad, la unica garantia es llamar al veterinario y hacer un reclamo, y si son condecedientes nos regalan el proximo envio.
pero cuando servimos varias yeguas con el mismo envio, cuando servimos otra yegua, cuando nuestra yegua esta preñada y la vendemos no pedimos el reporte de monta para no perder el salto y lo pedimos despues para otra yegua.
por eso digo hay que legislar, pero nunca podemos ver solo lo que nos atañe, este mundo del ccc es un gran mundo, y por eso hay que defender a todos los que hacemos parte de el.