Autor Tema: RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013  (Leído 7069 veces)

Desconectado marango

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RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« : Junio 30, 2013, 10:45:49 am »
Por medio de la cual se introducen modificaciones a la resolución No. 2929 de 2010 del Sistema Nacional de Registro De Equino -SNRE-, de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ASOCIACIONES EQUINAS “FEDEQUINAS”.

LA JUNTA DIRECTIVA de “FEDEQUINAS”, En uso de sus facultades estatutarias, reglamentarias y
CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva de acuerdo al artículo 28 de los estatutos literal P, W y Q, expedir las reglamentaciones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ASOCIACIONES EQUINAS “FEDEQUINAS”.

Que la Junta Directiva de la Federación, en su reuniones del día 28 de Mayo y 18 de Junio de 2013, modifico la resolución No. 2929 de 2010 del Sistema Nacional de Registros Equinos - SNRE- con el fin de complementar algunos artículos allí consignados. Por lo anterior, la Junta Directiva de FEDEQUINAS

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR la resolución de Registros No. 2929 de 2010 en los aspectos en que se abarque lo siguiente: El propietario, criadero y criador dispondrá hasta el 31 de Diciembre de 2013, para formalizar ante FEDEQUINAS, el estatus en el que desea figurar bien sea persona natural o jurídica en los registros anteriores. A partir del 1 de Enero de 2014, solo se inscribirán como propietario, criadero y criador
una sola persona natural o una sola persona jurídica.
Para efectos de obtener el título de mejor criador y mejor expositor, el participante que no cumpla ni acredite el estatus de persona natural o jurídica no obtendrá ningún puntaje.

ARTÍCULO SEGUNDO: A partir del 1 de Febrero de 2014:Todos los criadores y criaderos deben estar inscritos a través del formato establecido para tal fin. Solo las personas naturales y jurídicas asociadas, afiliadas y
registradas a las asociaciones federadas que se encuentren inscritas, accederán a los beneficios y servicios de las asociaciones federadas.

ARTÍCULO TERCERO: MODIFICAR y UNIFICAR Las tarifas de registros así:Hasta el 31 de Enero de 2014 la tarifa de registros para todos los ejemplares equinos será la siguiente:

ASOCIADOS NO ASOCIADOS
CERTIFICADO $200.000 $320.000
REPORTADO $320.000 $420.000

EJEMPLARES DE 0 A 18 MESES
TIPO REGISTRO ASOCIADOS AFILIADOS O REGISTRADOS
Certificado $260.000 $360.000
EJEMPLARES MAYORES DE 18 MESES
TIPO REGISTRO ASOCIADOS AFILIADOS O REGISTRADOS
Certificado Dos (2) SMMLV Tres (3) SMMLV
Reportado Tres (3) SMMLV Cuatro (4) SMMLV

A las tarifas indicadas anteriormente se les deberá adicionar el valor del empadronamiento, y los impuestos de ley.

PARAGRAFO PRIMERO: En las tarifas de registro de los ejemplares mayores de dieciocho meses, el valor se dividirá en porcentajes iguales entre FEDEQUINAS y las asociaciones federadas.

ARTICULO QUINTO: A partir del primero (1) de Enero de 2015, solo se expedirán registros de hasta tres (3) crías de una misma yegua nacidas en un mismo año. Esta medida aplica también para las crías registradas en el extranjero que soliciten homologación de registro en Colombia.

ARTICULO SEXTO: Para dar cumplimiento a lo anterior se autoriza, que en todas las exposiciones equinas y medios de comunicación de FEDEQUINAS, se informe el contenido de esta resolución la presente rige a partir de la fecha de su publicación.

ARTICULO SEPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
« Última Modificación: Junio 30, 2013, 10:59:01 am por marango »

Desconectado marango

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #1 : Junio 30, 2013, 11:06:56 am »
Por medio de la cual se introducen modificaciones a la resolución No. 2929 de 2010 del Sistema Nacional de Registro De Equino -SNRE-, de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ASOCIACIONES EQUINAS “FEDEQUINAS”.

LA JUNTA DIRECTIVA de “FEDEQUINAS”, En uso de sus facultades estatutarias, reglamentarias y
CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva de acuerdo al artículo 28 de los estatutos literal P, W y Q, expedir las reglamentaciones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE ASOCIACIONES EQUINAS “FEDEQUINAS”.

Que la Junta Directiva de la Federación, en su reuniones del día 28 de Mayo y 18 de Junio de 2013, modifico la resolución No. 2929 de 2010 del Sistema Nacional de Registros Equinos - SNRE- con el fin de complementar algunos artículos allí consignados. Por lo anterior, la Junta Directiva de FEDEQUINAS

RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR la resolución de Registros No. 2929 de 2010 en los aspectos en que se abarque lo siguiente: El propietario, criadero y criador dispondrá hasta el 31 de Diciembre de 2013, para formalizar ante FEDEQUINAS, el estatus en el que desea figurar bien sea persona natural o jurídica en los registros anteriores. A partir del 1 de Enero de 2014, solo se inscribirán como propietario, criadero y criador
una sola persona natural o una sola persona jurídica.
Para efectos de obtener el título de mejor criador y mejor expositor, el participante que no cumpla ni acredite el estatus de persona natural o jurídica no obtendrá ningún puntaje.

ARTÍCULO SEGUNDO: A partir del 1 de Febrero de 2014:Todos los criadores y criaderos deben estar inscritos a través del formato establecido para tal fin. Solo las personas naturales y jurídicas asociadas, afiliadas y
registradas a las asociaciones federadas que se encuentren inscritas, accederán a los beneficios y servicios de las asociaciones federadas.

ARTÍCULO TERCERO: MODIFICAR y UNIFICAR Las tarifas de registros así:Hasta el 31 de Enero de 2014 la tarifa de registros para todos los ejemplares equinos será la siguiente:

ASOCIADOS NO ASOCIADOS
CERTIFICADO $200.000 $320.000
REPORTADO $320.000 $420.000

EJEMPLARES DE 0 A 18 MESES
TIPO REGISTRO ASOCIADOS AFILIADOS O REGISTRADOS
Certificado $260.000 $360.000
EJEMPLARES MAYORES DE 18 MESES
TIPO REGISTRO ASOCIADOS AFILIADOS O REGISTRADOS
Certificado Dos (2) SMMLV Tres (3) SMMLV
Reportado Tres (3) SMMLV Cuatro (4) SMMLV

A las tarifas indicadas anteriormente se les deberá adicionar el valor del empadronamiento, y los impuestos de ley.

PARAGRAFO PRIMERO: En las tarifas de registro de los ejemplares mayores de dieciocho meses, el valor se dividirá en porcentajes iguales entre FEDEQUINAS y las asociaciones federadas.

ARTICULO QUINTO: A partir del primero (1) de Enero de 2015, solo se expedirán registros de hasta tres (3) crías de una misma yegua nacidas en un mismo año. Esta medida aplica también para las crías registradas en el extranjero que soliciten homologación de registro en Colombia.

ARTICULO SEXTO: Para dar cumplimiento a lo anterior se autoriza, que en todas las exposiciones equinas y medios de comunicación de FEDEQUINAS, se informe el contenido de esta resolución la presente rige a partir de la fecha de su publicación.

ARTICULO SEPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Señores me preocupa sobre manera la nota que tienen las tarifas, la cual indica que no se tienen en cuenta ni los GASTOS DE EMPADRONAMIENTO ni los IMPUESTOS.

lo primero hara que el valor del registro llegue nuevamente a su valor actual, pues no creo que los empadronadores bajen sus ingresos y quien sabe que mas cosas metan alli.

lo segundo es que van a cobrar impuestos adicionales IVA el cual no saldra del valor actual del registros sino de un mayor valor.

Como vamos vamos muy mal, yo creo que Fedequinas en vez de buscar organizar y legalizar a todo el mundo lo que quiere es concentrar la crianza de caballos en unos pocos criaderos, los de plata.

Desconectado Jaime B

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #2 : Junio 30, 2013, 11:15:42 am »

Marango:

Reitero lo expresado en un topic que abri acerca de impuestos en nuestro gremio.

Fedequinas no es la DIAN, ni es alguna entidad del orden municipal o departamental, no puede establecer impuestos, solamente sus tarifas.

Es en el desarrollo de nuestra actividad economica como caballistas, que debemos conocer, resolver y decider nuestra relacion con los impuestos del orden nacional, departamental y municipal. Al igual que lo debe hacer Fedequinas, quien tambien tiene responsabilidades tributaria.

Y nuestra actividad economica como caballistas no nace de la obligacion impuesta por Fedequinas a que nos registremos, esta actividad economica ya estaba y ya se habia generado nuestra incidencia con los impuestos.

Desconectado marango

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #3 : Junio 30, 2013, 11:29:02 am »
Señor Jaime no soy conocedor del tema tributario, pero para mi las matematicas sin simples
registro sin iva 200.000,
registro con iva 232.000,

a simple vista aumenta el costo de los registros ya que ese IVA no seria descontable de ninguna forma o si?. si estoy equivocado le agradezco me aclare.

Como usted lo dice aca el problema no son los impuestos ni la legalidad de nosotros ante Fedequinas, aca el problema es que Fedequinas legisla para Ricos unicamente, en otros gremios registrar un animal no cuesta mas de 100.000 en su totalidad y aca cuesta 400.000 siendo muy cautos con el precio.



Desconectado Jaime B

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #4 : Junio 30, 2013, 11:43:20 am »

Marengo:

Estamos completamente de acuerdo con lo excesivas de las tarifas. Si son tarifas correspondientes a servicios gravados, a mayor base mayor impuesto o sea a desembolsar mas dinero.

Lo descontable o no, depende de la manera como actuemos, persona natural, sociedad, regimen simplificado comun, actividad economica principal, secundaria que desarrollamos y otras variables. Puede ser o no descontable, dependiendo.

Pero son dos temas, uno las tarifas impuestas por Fedequinas y otro el tributario y fiscal.

Desconectado Camilo Velez

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #5 : Junio 30, 2013, 11:50:24 am »
Tengo una preocupación adicional. De 18 meses no esta definido el andar y muchas veces el color del caballo.

Esto quiere decir que las homologaciones serán gratis? No creo...

Desconectado Mafemo

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #6 : Junio 30, 2013, 12:20:36 pm »
La duda de Camilo Vélez es la misma que tengo yo. Quien nos aclara esta valida observación.

Desconectado CedroAzul

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #7 : Junio 30, 2013, 12:43:45 pm »
El articulo segundo obliga a todo el que quiera tener un registro o participar en una feria a afiliarse a una Asociacion que este inscrita en Fedequinas a partir del 1 de febrero del 2014?  o sea que por obligacion uno se tiene que afliar a una asociacion?

CedroAzul

Desconectado sltv

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #8 : Junio 30, 2013, 02:33:14 pm »
En este foro cada vez hay más leyes, impuestos y multas, con los impuestos de valorización,rodamiento, predial,etc.....
Y con las fotomultas me basta y me sobra, si de esto me tengo que preocupar en el hobbie?...............

Desconectado jpaz

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #9 : Junio 30, 2013, 03:12:19 pm »
El articulo segundo obliga a todo el que quiera tener un registro o participar en una feria a afiliarse a una Asociacion que este inscrita en Fedequinas a partir del 1 de febrero del 2014?  o sea que por obligacion uno se tiene que afliar a una asociacion?

CedroAzul
Lo que yo entiendo, es que uno puede ser socio, afiliado, o simplemente registrarse. Lo que falta aclarar, es en qué consiste cada una de ellas y cuanto cuesta. Hasta ahora lo que he oido es que el regisro tendra un valor minimo y es por un año y tiene voz en el foro mas no voz ni voto en las deliberaciones de asamblea en la asociacion donde se registre. Ahora, registrarse implica aportar a la sociacion el inventario de animales que el registrado posea? se puede expedir reporte de monta a un no socio, no afiliado y no registrado? Bueno son varias las situaciones por reglamentar ya que se pueden presentar varias situaciones. Otra por ejemplo, se reegistra uno por un año a partir de la fecha en que lo haga o tiene vigencia solo en el año calendario cuando se inscribio.

Desconectado Mafemo

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #10 : Junio 30, 2013, 03:52:44 pm »
Nos obligaran a registrar sin tener definido el andar del ejemplar y en algunos casos los colores antes de los 18 meses de vida, para después cobrarnos las homologaciones. Esto se convierte en un despropósito o alguien puede aclarar esta situación.

Desconectado Pedouff

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #11 : Julio 01, 2013, 10:13:59 am »
Las leyes se hacen en nombre de un efecto
Que supuestamente quieren causar con ella.
La realidad podría ser peor,pues muchos dejarán
Sin registrar animales por que no vale ni los papeles
Generando exactamente el efecto contrario del
Supuesto espíritu de la ley.
Todo tiene basé económica si el salto y levantar un
Animal supera el valor del mercado como pretenden
Que sí esta además son registrar lo hagan ?
No engañen con falsas expectativas de las motivaciones
Que generon la controvertida resolución y su razón .
El problema es que Fedequinas y las asociaciones en su
Gran mayoria NO SON SOSTTNIBLES y esperan que
Clavando a los criadores van a revertir la situación
Económica, sin importar el criador y sus arfugias .!!!
Racionalizar,disminuir costos,agilizar,bajar y promocionar
Es la vía ,no la que tomaron.
Para mi su efecto será el contrario al que esperan ,o sea,
Mayor infomalizacion.
Pedo

Desconectado La S

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #12 : Julio 01, 2013, 03:26:18 pm »
Vendo potro barato, para registrar a los otros, animence, contactos aqui.
MARIO A SALCEDO M
CRIADERO La S
SINCELEJO-SUCRE
msalcedo07@hotmail.com

Desconectado Antonio Acosta

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #13 : Julio 02, 2013, 07:11:00 am »
Las resoluciones que expidan entes particulares no pueden ser violatorias de la Constitución y esta lo es, esta resolucion acaba con las sociedades y ataca el derecho fundamental a asociarse mejor dicho fedequinas con esta resolución, acaba con la legislación comercial de las sociedades y se inventa un nuevo regimén de uno solo dueño que EXABRUTO JURIDICO, COMO DICEN LOS BRASILEROS BURROOSSSSSS.

ANTONIO ACOSTA DUARTE

Desconectado egidio

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #14 : Julio 02, 2013, 08:19:42 am »
tengo entendido que en los 200 mil esta incluido el estudio de la genotipificacion y el microchif  y un empadronador cobra 50 mil por el trabajo de el , que es colocar el microchif , tomar las fotos y sangrar para anemia y hacer los tramites ante el ICA y lasociacion , correspondiente .

PRIMERO AVERIGUEN CUANTO VALE LA GENOTIFICACION y  EL MICROCHF  en resumen un registro vale 200 mas el IVA que es de ley mas 50 que cobra un empadronador . me parece bien y no es caro
« Última Modificación: Julio 02, 2013, 08:23:29 am por egidio »

Desconectado ARECO

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #15 : Julio 02, 2013, 09:39:27 am »
"... y no tendran derecho a la puntuacion..." y yo que pence que mis epocas de colegios anacronicos las habia dejadonpor alla a mediados de los noventa... Me siento de nuevo en frenten de esos pesados coordinadorea dendesciplina escudados en sus exesos de poder
SANTIAGO PARRA JARAMILLO
   Zootecnista y Herrador

Desconectado Jaime B

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #16 : Julio 02, 2013, 12:50:43 pm »

Marango:

Reitero lo expresado en un topic que abri acerca de impuestos en nuestro gremio.

Fedequinas no es la DIAN, ni es alguna entidad del orden municipal o departamental, no puede establecer impuestos, solamente sus tarifas.

Es en el desarrollo de nuestra actividad economica como caballistas, que debemos conocer, resolver y decider nuestra relacion con los impuestos del orden nacional, departamental y municipal. Al igual que lo debe hacer Fedequinas, quien tambien tiene responsabilidades tributaria.

Y nuestra actividad economica como caballistas no nace de la obligacion impuesta por Fedequinas a que nos registremos, esta actividad economica ya estaba y ya se habia generado nuestra incidencia con los impuestos.


jaime pero cual "ACTIVIDAD ECONOMICA" es tener caballos ; cuano la unica actividad es perder plata.!!

De acuerdo con la CASIFICACION DE ACTIVIDADES ECONOCMICA y con RESOLUCION DE LA DIAN del 21 de noviembre de 2012, el codigo para CRIA DE CABALLOS Y OTRSP EQUINOS, es el 0142, independiente de que con la actividad ganes o perdas plata!!!!

Desconectado IVAN

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #17 : Julio 02, 2013, 02:03:00 pm »
ACTIVIDAD ECONOMICA :Se le llama actividad económica a cualquier proceso mediante el cual se adquieren productos, bienes y los servicios que cubren nuestras necesidades o se obtienen ganancias.
 
Las actividades económicas son aquellas que permiten la generación de riqueza dentro de una comunidad (ciudad, región, país) mediante la extracción, transformación y distribución de los recursos naturales o bien de algún servicio; teniendo como fin la satisfacción de las necesidades humanas.

SIGO SIN VER LA ACTIVIDAD ECONOMICA....???YO SIGO VIENDO UN HOBBY
 QUE YA ES COSTOS Y AHORA MUCHO MAS

Desconectado Jaime B

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #18 : Julio 02, 2013, 02:16:43 pm »

IVAN.

Para vos y para muchos mas, puede ser un hobby, pero para otros dependiendo de la forma como lo ejerzan, puede que siga siendo un hobby, pero de pronto con responsabilidades y dentro de ellas podrian surgir responsabilidades fiscales y tributarias.

Como lo he expresado antes, a cada cual, segun sus demas actividades, segun su actividad como caballista, le toca definer si como la desarrolla, debera cumplir responsabilidades tributarias o no.

Desconectado pabloap

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #19 : Julio 07, 2013, 07:20:18 am »
Alguien sabe si ya definieron finalmente el valor total de un registro?

El valor de la afiliación a un asociación?

Desconectado Jota Sierra

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #20 : Julio 08, 2013, 06:58:23 pm »
Lo mejor es acercarse a una asociacion y preguntar como son realmente las cosas, esto de ponerse a especular y a suponer crea mas dudas y confusiones que respuestas satisfactorias. Lo que me averigüe es que si ud es socio el registro de un animal le vale aproximadamente 330.000 pesos si lo hace en lo que resta del año y a partir del 2014 si aplican las multas.

Desconectado camanba

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #21 : Julio 10, 2013, 09:04:44 pm »
Invito a todos los amigos del Caballo Criollo Colombiano y sobre todo a los criadores independientemente que estén o no estén asociados y que se encuentran en total desacuerdo con las medidas impositivas y autoritarias de las que trata la RESOLUCIÓN NÚMERO:3197 DEL 2013 de FEDEQUINAS para que nos pronunciemos vehementemente por medio de un comunicado firmado por  los criadores con No de cédula y No de los registros de nuestras yeguas o caballos; este comunicado deberá aparecer en una pagina de los diarios que circulan a nivel nacional y regional un día Domingo para los de circulación nacional y el día en que se publique a nivel regional, lo mismo se debe enviar al Ministerio de Agricultura; la forma de financiamiento de esta publicación resultara de un valor promediado por registro inscrito en el entendido que si podemos tumbar la medida los mas beneficiados son los que poseen mas animales, es una forma democrática y justa, con el No de los registros estamos demostrando que pertenecemos al gremio pero que muchísimos no estamos afiliados a ninguna asociación pero amamos los caballos mas o igual que los federados, y que por diversas circunstancias no estamos interesados en pertenecer a la FEDERACIÓN.
Es una forma de manifestar le a la FEDERACIÓN que los caballistas somos de carne y hueso y que no vamos a permitir semejante atropello

Desconectado camanba

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Re:RESOLUCION NÚMERO: 3197 DEL 2013
« Respuesta #22 : Julio 12, 2013, 12:40:22 am »
Es una propuesta para someterla a discusión; espero algún comentario en pro o en contra o alguna otra propuesta en el mismo sentido o definitivamente nos vamos a quedar callados frente al tema de que trata la Resolución en cuestión. Después nos tocara llorar sobre la leche derramada. Actuemos antes de que sea demasiado tarde.