SEGUN FEDEQUINAS :
Reporte de Monta
Se hará en formato diseñado por la Federación el cual será en original y tres copias.
Una vez se compruebe la preñez de la yegua, se debe sellar la monta ante una Asociación Federada, dentro de los seis (6) meses siguientes a partir del servicio efectivo.
En caso de aborto o muerte del potro deberá hacerse un informe por escrito a la Asociación, para que el reporte de Monta sea anulado.
Nota: Todo ejemplar sea macho o hembra destinado para la reproducción, debe estar genotipificado.
Reporte de Nacimiento
Se hará en formato nacional diseñado por la Federación dentro de los 6 primeros meses de nacimiento.
Se debe presentar con toda la información completa como requisito para que la Asociación lo acepte como solicitud de registro.
La declaración de nacimiento podrá hacerse en cualquier Asociación Federada. Cuando se solicite un registro CERTIFICADO deberá adjuntarse copia del reporte de monta.