Seria bueno que hicieran aportes puntuales al articulado y los capitulos del reglamento, una duda que me genera, teniendo en cuenta que existe el PASO FINO PURO PUERTORIQUEÑO podrían estos participar en las competencias de paso fino que se desarrollan en las Federaciones y asociaciones de CONFEPASO? En caso que esto sea así, sería la unica explicación para denominarlo unicamente como PASO FINO porque se están juzgando dos razas con un aire de cuatro tiempos lateral tal como los define el reglamento en el Capitulo IV CRITERIOS DE CALIFICACIÓN Artículo 3.- Paso Fino. La forma de andar de la raza de Caballos de Paso Fino consiste en desplazarse con una secuencia de pisadas que se inicia en uno de sus posteriores hasta completar el ciclo de 4 tiempos isocrónicos, sucesivos y alternos que se repiten consecutivamente en el siguiente orden: posterior izquierdo, anterior izquierdo, posterior derecho, anterior derecho e inicia de nuevo.
Al efectuar esta secuencia, el intervalo que transcurre en las batidas entre apoyos laterales y diagonales debe ser equidistante entre sí, guardando un isocronismo que es la característica fundamental del Paso Fino y lo distingue de otros aires.
Musicalmente al oído se traduce por movimientos rápidos e igualmente espaciados de uno – dos – tres – cuatro… (taca, taca, taca, taca). El caballo en su forma reunida, rítmica y cadenciosa, a través de la máxima ejecución de sus extremidades, que con la misma suavidad y elasticidad posa sobre el suelo, en forma acelerada, separada en un compás y cadencia igualmente espaciada, de igual pulsación y temple; mantiene el lomo y el anca con el menor movimiento lateral y vertical posible, en su línea constante que no se interrumpe con alzas y bajas, proveyendo gran comodidad al jinete y reflejando ambos, una misma unidad de ejecución dirigida por las bridas y embocadura.
Quien nos puede aclarar este vacío?