Autor Tema: **Cual debe ser la vigencia de los saltos??  (Leído 8345 veces)

Desconectado elcarrusel

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**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« : Septiembre 06, 2012, 07:59:18 am »
Los criadores compramos saltos de reproductores y en ocasiones por contingencias no los podemos usar, bien sea porque las yeguas se demoran en quedar preñadas, se venden, se mueren, decidimos usar otro caballo, etc, etc.

Esta claro que se compra un servicio para usarlo o para negocio en algunos casos, pero en Colombia no hay legislación al respecto y por eso se vienen presentando problemas.

Yo he visto el caso desde los 2 puntos de vista:

1. Como criador, compro un salto, yo veré en que yegua lo uso, si lo cambio, si lo vendo, si lo regalo, yo veré cuando lo uso, estoy en mi derecho, pues pagué por ese servicio.

2. Como propietario de un reproductor, se vende un servicio, con ese dinero se invierte en ferias, publicidad, etc, etc, no es plata que se guarda a ver cuando usan el servicio, son los ingresos con los cuales se solventan los gastos. Pero tampoco debe haber un pasivo indefinido, con riesgo de vender el caballo, que muera, que se enferme, etc, etc.

Lo ideal es tener otro reproductor y reemplazar con ese en caso de que faltara por cualquier causa, pero es evidente que debe haber un caducidad. El caballo estuvo disponible por un tiempo prudente, no podemos pretender comprar un salto y tener 4 o 5 años el salto y que si falta el caballo igual haya que responder.

Es un tema que no se ha discutido y no se ha concretado nada ni en criaderos ni en las asociaciones pero si sería bueno tratar de ver un criterio de las personas que participan acá.

En lo personal, pienso que 6 meses a partir de la venta es un tiempo prudencial; si el caballo sigue disponible, podría hablarse de 1 año, pero 6 meses en un buen tiempo para solicitar un servicio. A partir de ahi el dueño del caballo tendrá la libertad de entregarlo y no creo que haya problema, pero la responsabilidad como tal si debe ser limitada.

En lo personal no tendría problema con entregar un salto despues de 2 años si el caballo esta disponible, pero que la responsabilidad obligatoria si tenga fecha límite. Es lo que pienso.

Se de saltos que tienen 4 años, han tenido 6 dueños y se han usado como medio de pago pero no se cobra como salto; esa situación debería aclararse y poner reglas del juego para que cada parte sepa a que atenerse.
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Desconectado JJA

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #1 : Septiembre 06, 2012, 09:48:26 am »
Creo que hay, al menos, dos aspectos a tener en cuenta. Como se habla de "garantía", sería preciso distinguir entre 1. El hecho de adquirir el salto con fines reproductivos, y que la yegua no quede o la cría nazca muerta; y 2. Otros usos de un salto.

1. Cuando se "compra un salto" se compra el derecho a tener una cría viva del caballo. Si la yegua no queda preñada o la cría nace muerta, el salto debe reponerse tantas veces como sea necesario para lograr la cría viva, pues ese es el derecho que se está comprando. Para que no sea indefinido en el tiempo, podría establecerse un procedimiento conforme al cual, si luego de un tiempo, número de intentos o un número de cambios de yegua, no se logra la cría, se debería prever una devolución del dinero con los descuentos que correspondan por envío y similares en los que directamente incurrió el CDR. dueño del caballo. Por lo demás, varias cosas del Estatuto del Consumidor serían aplicables a esta garantía.

2. Claramente se negocian saltos cuya finalidad directa no es con fines reproductivos, y en este caso también hay que distinguir entre diferentes situaciones: pensaría que es distinto comprar un salto para dejarlo de "engorde" y luego revenderlo (tratarlo e.g., como un commodity); a quien recibe un salto como parte de pago.

Los mismos criadores pagan servicios con saltos, incluso a veces los entregan más baratos para que sean revendidos y no pocas veces sucede que a la hora de revender un salto la cosa no es tan fácil.

Si el salto se compró para un fin comercial, ese es el riesgo propio de todo negocio con el que debe correr el dueño / comerciante del salto, y en modo alguno el criador, quien estaría justificado en una necesidad clara de limitar en el tiempo el derecho de uso del salto.

En cambio, si el salto se recibió como parte de pago no tendría mucho sentido aplicar las mismas reglas. E.g., si a un salto recibido en parte de pago le ponen un límite para ser usado, muy seguramente a medida que pasa el tiempo el valor al que el dueño de ese salto estará dispuesto a entregarlo será cada vez menor, perdiendo claramente pues el valor original del salto era probablemente equivalente a una deuda o un servicio prestado. Aquí no hay justificación para este desequilibrio desde mi punto de vista.

En conclusión, importante fijar reglas claras de uso de los saltos, pero más importante aún que esas reglas se ajusten a la naturaleza de cada negocio.

Saludos,

Juan José Angulo
« Última Modificación: Septiembre 06, 2012, 09:50:16 am por JJA »

Desconectado el silencio

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #2 : Septiembre 06, 2012, 09:57:57 am »
Para mi el tema se basa en cual fue la claridad de las reglas de juego a la hora d ela negociación. si el vendedor no pone ninguna fecha limite a la hora de la compra, quiere decir que no tiene alguna. Tambien se debe dejar claro que pasaría en caso que el caballo muera o sea vendido. No se puedo obligar a un propietario a no vender su caballo por saltos que tenga facturados, pero este si debe responder por el compromiso adquirido de alguna forma ya sea monetaria o respondiendo con otro reproductor de similar calidad o precio.
Si quien vendió el salto ya le dio uso a la plata, eso no tiene porque afectar a quien pago, asi como si el que pago tomo un credito y esta pagando intereses sobre su préstamo tampoco tiene porque afectar a quien vendió, las circunstancias de cada uno son diferentes, pero mientras el compromiso de las 2 partes sea claro cada quien sabe por que tiene que responder.
Para mi decir que si en 2,6 o 12 meses el salto no se uso, da pie a que el vendedor no responda, es como decir que si en ese mismo plazo el salto no se uso el comprador pueda pedir su plata de nuevo mas la rentabilidad producida pro el dinero en ese tiempo, En ambos casos cualquiera de los 2 se estaría usufructuando de algo que no fue el negocio original.
Todo se soluciona si cuando se compra el salto se envia un documento con las reglas de uso y condiciones, y ambas partes firmas dicho documento. Esto daria mas formalidad al gremio, y una constancia física del acuerdo de ambas partes estan aceptando.

Desconectado millonki

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #3 : Septiembre 06, 2012, 10:08:43 am »
pregunta y que pasa cuando el que no funciona es el reproductor. ejm: el semen es de muy mala calidad, despachan y despachan semen pero este no esta en las condiciones ideales. tambien aplica para las yeguas que pasa si despachan y despachan semen en exelente condiciones pero las yegua no queda ???? estas dos condicones tambien afectan el negocio.
ANDRES URICOECHEA JARAMILLO
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Desconectado RBG

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #4 : Septiembre 06, 2012, 10:21:47 am »
saben como se llama eso??? falta de experiencia, hay foristas que tienen colección de saltos comprados y pagados , JAMAS HAGAN ESO,   compren cuando vayan a usarlo.

como funciona el comercio:  entrego un dinero por un articulo que necesito, si por cualquier motivo no lo puedo recibir  ME TIENEN QUE DEVOLVER LA PLATA,  YO COMPRO SEMEN DEL REPRODUCTOR X NO PUEDO RECIBIR  DEL Y, todo esto a menos que cuando vaya a comprar me digan las reglas de juego, ANTES  OJO ANTES DE PAGAR.

Así es, se debe comprar cuando se vaya a utilizar.
Roberto Badel Gómez
Cr. El Palmar BG
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Desconectado JJA

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #5 : Septiembre 06, 2012, 10:45:43 am »
No estoy de acuerdo con Lmaria. La mayoría de los bienes tienen dos tipos de valor: de uso y de cambio. Creo que los saltos si pueden ser comercializados y ese es un valor agregado en la cadena económica de la actividad equina.

Sólo comprar un salto cuando se vaya a usar (aunque recomendable, por razones que todos conocemos, y supongo, a las que Lmaria llama "experiencia") es partir del hecho de que únicamente se pueden adquirir con fines reproductivos (valor de uso), desconociendo que hay más opciones que generan también valor, como su comercialización.

Lo importante es que las reglas sean claras en cada escenario y que las partes las respeten.

Saludos.

Juan José Angulo

Desconectado DR LAKES

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #6 : Septiembre 06, 2012, 11:14:01 am »
SIIIIII???? y que pasa cuando por maña del veterinario le envian semen sobrediluido, ò lo sacan de la lista por darle prioridad a los amigos del mismo veterinario ò del dueño del caballo y se nos quedan las yeguas preparadas y se pierde el tiempo, la plata y hasta la paciencia... QUIEN PAGA ESO....

Los principales responsables de las garantias de los saltos son los dueños de los caballos y, por falta de criterio y colombianada ese tema se complica mucho y ha generado Enemistades y hasta rencillas que derivan en fatalidades...
eso debe ser legislado por los organismos de control, fedequinas y asociaciones. HAY QUE PONERLE SERIEDAD A ESE TEMA.

Desconectado Criadero Los Márquez

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #7 : Septiembre 06, 2012, 11:46:49 am »
Bueno leyendo este tema recordé mis clases de contrato y de derecho comercial. Como todos sabemos no existe legislación específica sobre este tema, pero al ser un acto de comercio y un negocio jurídico por analogía se le aplican las normas del código civil y código de comercio colombiano, eso dependiendo si el reproductor se encuentra en Colombia.

Existe en Colombia la práctica del derecho consuetudinario, es decir, que la costumbre se hace ley.

Y estas son algunas de las prácticas o costumbres que se realizan al momento de usted comprar un salto:

Usted llama al criadero y/o propietario del reproductor y pregunta todos los pormenores acerca del negocio jurídico (Contrato verbal) que va celebrar, ejemplo: Precio, días en que se colecta, envió, garantías, etc. Esta es la parte precontractual del contrato la cual debe ser absolutamente clara para ambas partes.

Luego se paga por el servicio que usted espera recibir a satisfacción, (Valor del salto + 1 envío) es aquí cuando se configura el acto de comercio o contrato, a la espera de un resultado:

1.   Que la yegua quede preñada.
2.   Que la cría nazca viva
3.   Hay otros que dan garantías por defectos la cría (Este punto debe quedar absolutamente claro en la parte precontractual, Ej. caretos, etc.)

Una vez nacida la cría y a satisfacción de usted se da por terminado el contrato.

Para el caso de los que compran saltos para engorde, en mi punto de vista si estaría llamado a poner un límite en el tiempo al uso de este servicio, pues sería lógico que un año usted preñara su yegua, y si el problema es de la yegua y no de la calidad del semen del reproductor cambiar la yegua. Por esto para mi concepto un año es tiempo suficiente para usar el servicio.

Otro sería el caso, cuando el reproductor muere. Por esto repito la parte precontractual del contrato es muy importante, puesto que deben ser muy claras las condiciones, deberes y obligaciones de cada una de las partes. Bien podría alegar usted la devolución del dinero puesto que el objeto del contrato (Semen de xxx reproductor) ya no existe, entonces haría falta una de las 3 partes que forman el contrato (Capacidad – Objeto – Causa licita) por lo que sería justo la devolución de su dinero.

A falta de una legislación específica sobre este tema FEDEQUINAS debería fijar su atención para reglamentar todo lo concerniente al comercio de semen de reproductores y yeguas donantes.

Nota: Sobre este tema podríamos llenar muchas páginas, pues son muchísimos los interrogantes que a partir de él se desprenden.   
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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #8 : Septiembre 06, 2012, 11:59:23 am »
UN TEMA TAN SENCILLO, COMO SE DEBE TRATAR CUALQUIER NEGOCIO.

FORMALIDADES SEÑORES! PARA ESO ESTAN LOS CONTRATOS.

EL PROPIETARIO DEL REPRODUCTOR DEBE PONER LAS REGLAS CLARAS DE LAS CONDICIONES DE LA VENTA DEL SALTO, ASIMISMO COMO LAS GARANTIAS DEL MISMO.
UNA VEZ ESO ESTE CLARO Y CONSTE EN UN DOCUMENTO, EL COMPRADOR SABRA A QUE ATENERSE SI PAGA POR EL SERVICIO Y ACEPTA ESAS CONDICIONES.

EN MI CONCEPTO, LOS SERVICIOS DEBEN TENER UN PLAZO MINIMO DE USO DE 1 AÑO Y UN MAXIMO DE 3 TRASPASOS, QUE TAMBIEN DEBEN CONTAR CON SU DEBIDO DOCUMENTO.

POR TRNAUILIDAD DE LAS PARTES, ES MEJOR PARA CUALQUIER TIPO DE NEGOCIO, FIRMAR UN CONTRATO SERIO Y CLARO.

SLDS,

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Nicolas Briceño R

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Desconectado accv

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #9 : Septiembre 06, 2012, 12:01:19 pm »
TEMA DE MUCHA IMPORTANCIA, AQUI ES DONDE SE DEBE HACER NOTAR FEDEQUINAS PONER EL TEMA EN DISCUSION  CON LAS ASOCIACIONES Y REGLAMENTAR EL TEMA DE LOS SALTOS COMPRAVENTA DE CABALLOS OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO Y DE LOS VETERINARIOS RESPECTO DE EMBRIONES E INSEMINACIONES.

MCHOS SABEMOS DE LA CANTIAD DE PROBLEMAS Y FUERTES PROBLEMAS POR DEJAR TODOS ESTOS TEMAS AL AIRE
ANDRES CARDENAS VELEZ

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #10 : Septiembre 06, 2012, 12:06:38 pm »
No estoy de acuerdo con que duren menos de un año..... me parece una locura y lo digo por lo siguiente.

Cuantas veces no palpamos una yegua a los 6-7 meses para el seguimiento y nos dicen "parece que reabsorbio"
cuantas veces por que el caballo anda dando pata por todo el pais compitiendo nos dicen "esta semana no se colecta"
Cuantas veces no hemos oido del vet "hay que sincronizarla" hay que comprar sal de no se que...." en fin mil excusas pro la cual no se preña.
Cuaaaaantas veces no nos dicen que ya se asignaron todas las dosis y nos toca esperar ?????

En fin , son mil cosas por la cuales no se puede poner un solo año o menos como vigencia, eso solo beneficia al dueño del caballo que le duele saber que una persona tuvo vision de comprar el salto de su caballo a 800.000 y ahora que cuesta 5 millones tengo igual derecho.

A mi particularmente me esta sucendiendo algo, el caballo taliban tiene como regla q una vez pedido el semen a nombre de una yegua no se puede cambiar, en mi caso, la conexion con cartagena es complicada y resulta que el primer envio nunca llego, me dijeron "aaa q mal, se quedo en bogota y no lo enviaron; pague la mitad del envio la proxima vez" un problema que no fue culpa mia sino del propietario al escoger esa empresa de envio. Luego pague el envio nuevamente y el semen me lo entregaron al dia siguiente por q llego tardisimo y no me atendian a esa hr, ahora quiero vender el salto y no puedo por que "ya lo usé" en teoria, en la practica nunca he usado nada, en todo caso creo que eso es falta de confianza en los veterinarios y criadores, uno debe partir de la buena fe siempre.

Desconectado JJA

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #11 : Septiembre 06, 2012, 12:15:19 pm »
juan jose, quien compra saltos para negociar con ellos se atiene a la ley de la vida , en los negocios se gana o se pierde,
diferente es quien compra para preñar sus yeguas, eso se llama adquirir un servicio

Así es, cuando se compran saltos para negociar con ellos, como lo indiqué arriba, es un riesgo el que se corre y que debe asumir el comprador según las condiciones que pacte con el criadero.

Pero también se reciben saltos como parte de pago, y esta situación es diferente a las otras. Por ello creo que no debe tener el mismo tratamiento.

Saludos

Juan José Angulo
« Última Modificación: Septiembre 06, 2012, 12:26:41 pm por JJA »

Desconectado ABorrero

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #12 : Septiembre 06, 2012, 12:24:15 pm »
NINGUNA VIGENCIA, CADA CUAL VERÁ CUANDO LO COMPRA Y CUANDO LO USA. LO Q FALTABA!!!


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Desconectado nativo

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #13 : Septiembre 06, 2012, 12:43:38 pm »
TEMA INTERESANTE
ES TRISTE QUE DESPUES DE TANTO AÑOS AUN NO TENGAMOS LAS REGLAS CLARAS.
POR FAVOR FEDEQUINAS LEGISLE YA.
HAY 3 TIPOS DE COMPRADORES;
1.LOS QUE COMPRAN CON FINES NETAMENTE REPRODUCTIVOS.
2.LOS QUE COMPRAN CON FINES COMERCIALES (NEGOCIAR)
3.LOS QUE RECIBEN COMO PARTE DE PAGO POR EL CRIADERO POR PUBLICIDAD,AFICHES, ETC.
EXISTEN MUCHOS CASOS ADVERSOS COMO MALA CALIDAD DE SEMEN.VENTA DEL REPRODUCTOR.MUERTE DEL CABALLO.INCUMPLIMIENTO DE LA PUBLICIDAD Y NO ENTREGA DEL CRIADERO DE LOS SALTOS COMO EN MI CASO CON LA EMPRESA PUBLIEQUINOS CON EL CABALLO RELICARIO ETC Y COMO SIEMPRE EL COMPRADOR ES EL PERJUDICADO.
SOLICITAMOS RESPETUOSAMENTE A FEDEQUINAS Y CRIADEROS REGLAMENTAR ESTE NEGOCIO.

Desconectado Augusto

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #14 : Septiembre 06, 2012, 01:54:43 pm »
como criador, un caballo que tenga de vigencia 6 meses de uso, simplemente no lo uso.


si van a establecer vigencia debe ser minima de 24 meses para un reproductor que solo presta ese servicio, o de 36 meses minima para un caballo que este haciendo carrera o sobrepedido. y garantia de cria viva. 

muchas veces ocurre que uno compra un salto, y cuando lo necesita el caballo se encuentra de viaje, o esta enfermo o algun otro inconveniente por lo que uno usa otro salto. y si la yegua queda, uno no dispone para usar ese salto en esa yegua sino hasta 12 o 18 meses despues de ese plazo. mientras la yegua cria o en muchos casos se desteta. 

simplemente se deberian establecer reglas de que ocurre en caso de que el reproductor muera o le ocurra un accidente. en caso de venta deberian devolver el dinero, o hacer que el nuevo propietario responda por los saltos pendientes.


es mi simple opinion

.                 Augusto Enrique Martinez V.
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Desconectado jogigo

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #15 : Septiembre 06, 2012, 02:25:41 pm »
Cogerle al caballo de moda es complejo.

En San Germán queríamos usar a Cupido. Feria de Flores, parado, ahora otra vez con Sincelejo. Que jartera. Tocó  cambiar de caballo y compré uno de otro dedicado a reproducción. A las yeguas les importa muy poco si los caballos van o no a ferias.

Una de las razones por las cuales dejamos a Farallón quieto es para cumplirle siempre a los que lo utilizan. Y tenemos un veterinario cuyo compromiso es despachar cuando el cliente lo necesite.

Cuando uno quiere cumplir, rara vez tiene problemas.

Pero si hay que establecer una caducidad razonable. Obligaciones irredimibles no hay.
Jorge Giraldo
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Desconectado Jorge A R

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #16 : Septiembre 06, 2012, 04:57:38 pm »
UN TEMA TAN SENCILLO, COMO SE DEBE TRATAR CUALQUIER NEGOCIO.

FORMALIDADES SEÑORES! PARA ESO ESTAN LOS CONTRATOS.

EL PROPIETARIO DEL REPRODUCTOR DEBE PONER LAS REGLAS CLARAS DE LAS CONDICIONES DE LA VENTA DEL SALTO, ASIMISMO COMO LAS GARANTIAS DEL MISMO.
UNA VEZ ESO ESTE CLARO Y CONSTE EN UN DOCUMENTO, EL COMPRADOR SABRA A QUE ATENERSE SI PAGA POR EL SERVICIO Y ACEPTA ESAS CONDICIONES.

EN MI CONCEPTO, LOS SERVICIOS DEBEN TENER UN PLAZO MINIMO DE USO DE 1 AÑO Y UN MAXIMO DE 3 TRASPASOS, QUE TAMBIEN DEBEN CONTAR CON SU DEBIDO DOCUMENTO.

POR TRNAUILIDAD DE LAS PARTES, ES MEJOR PARA CUALQUIER TIPO DE NEGOCIO, FIRMAR UN CONTRATO SERIO Y CLARO.

SLDS,

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Desconectado los arcos

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #17 : Septiembre 06, 2012, 05:21:45 pm »
Muy buen tema, hace ya un tiempo se habla sobre este asunto de los saltos, como muchos foristas lo plantean debe existir un contrato, con deberes y derechos, en los cuales existan descripciones claras sobre los puntos mencionados, ya sea por venta del reproductor, por sobrepedido, por venta del salto, por venta de la yegua etc. este formato debe ser común para todos los saltos, claro esta, con observaciones adicionales usadas por parte de quien las necesite. Pienso que fedequinas debe formalizar este tema, tomar cartas en el asunto para clarificar deberes y derechos, evitando así posibles altercados. Pienso que el tiempo  de uso del salto no debe ser menor de 30 meses .
« Última Modificación: Septiembre 06, 2012, 05:30:15 pm por los arcos »

Desconectado el mono justo

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #18 : Septiembre 06, 2012, 07:13:51 pm »
Las barbaridades que lee uno de estos señores para vender y luego para no cumplir.

JUST DO IT  !!!!

Desconectado Potrero Agujaazul

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #19 : Septiembre 06, 2012, 07:45:52 pm »
No se compra un articulo...se compra el derecho a utilizar una dosis minima efectiva de espermatozoides viables de un reproductor...el contrato debe establecer la dosis minima efectiva necesaria en cada envio, y su viabilidad al momento de colección y en el momento de entrega...se provee un máximo de 10 dosis efectivas, certificadas efectivas por el Vet que las recibe, antes de inseminar...solo cuentan las dosis que llegan viables y efectivas...el tiempo de vigencia del contrato es de 12 meses...el tiempo revierte a cero si la yegua aborta o pare un natimuerto...el salto no es transferible ni negociable...solo se devuelve el dinero si el reproductor muere o se torna infertil...infertil se define como 5 envíos consecutivos que lleguen no viables por certificación del Vet...respeto para todos

Desconectado danielgomezco

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #20 : Septiembre 06, 2012, 08:15:30 pm »
Desde mi punto de vista

1.   Toda compra-venta de un salto, deberá estar ligada a un contrato, en donde se estipulen las condiciones de la misma para dejar de ser tan empíricos.

2.   La intermediación debería ponerse en regla o sea solo las personas o agencias que cumplan con ciertos requisitos (que tendrían que ser avaladas por las asosciaciones y fedequinas),  tengas los permisos para negociar con estos, de esa forma existe un responsable directo  de la transacción ojala este último sea una empresa legalmente constituida.

3.   El tiempo de solicitud de uso  del salto bajo mi concepto no deberá sobrepasar 1 año,  otra cosa son los envíos por falta no preñes, reabsorción, aborto, etc,  esos son cláusulas de garantía, sin embargo en mutuo acuerdo se puede solicitar un plazo mayor al año con una clausula que restringe la reventa del mismo.

4.   Por parte del Dueño del reproductor se deberán presentar las clausulas necesarias para garantizar el cumplimiento del producto vendido, dentro de estas cláusulas deberán dejar claro las siguientes  opciones:

Por muerte o Inhabilidad total del ejemplar para preñar, en cuyo caso se debería dejar el comprador la opción de  devolución  del dinero con los intereses causados, u otra herramienta compensatoria de igual cuantia (Si compre un salto a 4 Millones que no me lo paguen con uno que vale 2)

Por venta del ejemplar se deben dejar políticas como devolución de dinero, transpaso de derechos etc..

Saludos
Daniel Gómez Botero
Ingeniero Electrónico
Maestro en Administración y Negocios
Maestro en Finanzas

Desconectado SANTILLANA

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #21 : Septiembre 06, 2012, 08:18:12 pm »
ZZZZZZZZZZZ  FEDEQUINAS  ZZZZZZZZZZZZ

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #22 : Septiembre 07, 2012, 11:55:51 am »
Todos los aportes son válidos.

Yo si considero que debe estipularse con criterio un tiempo prudencial, 1, 2 o 3 años, no lo se, pero si debe haber un límite pues de lo contrario hay un pasivo latente de forma indefinida.

5 saltos no son problema, pero hay reproductores que tienen 50 o mas saltos acumulados y no es lógico que pasen años y siga existiendo la responsabilidad.

El caso de un caballo importante de la sabana que murió, dejando varios saltos pendientes, algunos llevaban años, entonces si muere tiene que devolver el dinero de un salto pagado hace 4 años?? tuvo el caballo disponble por muchos años y ahora que murió si hay que devolver el dinero? a mi no me ha pasado pero yo considero que tiene que haber una caducidad de la responsabilidad.

Entonces la gente puede comprar saltos de caballos viejos, sentarse a esperar a que muera y luego ir por la plata?, eso no tiene sentido, esa no es la escencia del negocio ni de la crianza.

No tengo problema con la comercialización de saltos, de hecho lo hago en algunas ocasiones, pero si me parece que hay que reglamentar tiempos justos pero que se sepan desde el principio de la venta.
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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #23 : Septiembre 07, 2012, 12:06:03 pm »
Buenos aportes.
El tiempo de caducidad y de movimiento (traspaso, sesion, etc) de los saltos debe tener un plazo de 2 años, lo demas es especulacion.
Un cordial saludo
Por un futuro, una oficina de Fedequinas en cada pais con presencia del Caballo Criollo Colombiano.
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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #24 : Septiembre 07, 2012, 01:12:40 pm »
Reglamentar la comercialización de saltos mediante contrato. Hay gente muy honesta en el gremio como también hay mucho tramposo.

Hace un tiempo un amigo compro un salto de un caballo fino (moro que estuvo hace poco en colombia) y resulta que se lo llevaron para "competirlo en la mundial" y no volvió, ha sido un problema encontrar el dueño del caballo para que devuelva la plata del salto. Quién le responde a la persona que perdió esa plata...NADIE.

Personalmente he tenido oportunidad de comprar y vender varios saltos de caballos reconocidos en colombia y no te tenido inconvenientes, pero si es un riesgo hacer negocios de palabra.

Desconectado Lucho F.

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #25 : Septiembre 09, 2012, 10:40:52 am »
Estoy completamente de acuerdo con Agusto y con A. Borrero, los saltos no deben tener ninguna vigencia, si a mi me hablan de limites y no hay garantia no me interesa. Este tema es nuevo en la palestra y se volvio de moda porque hay algunos dueños de caballos importantes que quieren poner condiciones.
Yo particularmente no compro saltos para negocio, eso no me interesa, los compro solo para mis yeguas, si me dicen que me venden un salto con vigencia de 6 meses y que si no lo uso en ese tiempo me devuelven mi plata de pronto lo pienso, es decir si le quieren poner vigencia y al no usarlo devuelven el dinero, no me gustaria pero me parece razonable.
Ahora todos los saltos deben tener garantia de cria viva, al comprar un servicio es obvio que lo que queremos es una cria y el reproductor tiene un valor agregado con mi yegua y es que esta cria lo represente y a su vez impulse la venta de otros saltos de manera que el beneficio es mutuo. Entonces no a las restricciones. 
Luis E. Fajardo D.
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Desconectado Gitano1

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #26 : Septiembre 09, 2012, 09:47:59 pm »
me parece absurdo colocar vigencia de los saltos, ademas de lo expuesto anterioromente de las dificultades de usarlo, que muchas veces es atribuible al reproductor (sobre pedido, competencia etc), limita el mercado disminuyendo el comercio de los mismos ...... quien compraria una promocion si no tiene como usar el salto pronto? quien compraria saltos previendo un futuro exitoso de algun potencial reproductor?
Lo que si creo es que debe existir una mayor formalidad contractual ........... por ej. deberia otorgarce un titulo al portador por el salto, donde se especifique un numero de serie facil de corroborar con el criadero y que se pueda comercializar o legalizar para usarlo  y que deba ser respetado sin importar el dueño del reproductor, hasta que se haga efectivo  con las garantias correspondientes.
NO A LOS LIMITES EN LAS VIGENCIAS DE LOS SALTOS .......... aunque creo que los pequeños criadores seriamos afectados, sin duda los dueños de algunos reproductores  venderian muchisimos menos saltos.

Desconectado las marias

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #27 : Septiembre 09, 2012, 11:21:19 pm »
son muy pocos los que entienden cual es el planteamiento de este tema en el foro, solo creo que cada uno debe dar su opinion para que asi algun dia, en el cual se decida legislar sobre el tema, se pueda tener muchos puntos de vista sobre esto, pero ninguno de nosotros tiene la verdad absoluta sobre esto, solo una opinion y esta depende de nuestro punto vista y nuestra necesidad, pero se debe tener en cuenta todos los actores a la hora de legislar.

si ustedes son comerciantes de saltos o aquellos que aprovechan promociones de saltos, van a estar en desacuerdo que se pongan limites de uso para estos, por obvias razones afecta su negocio directamente.

si son criadores, van a estar afectados por muchas variables, los celos de las yeguas, la viabilidad de estar para quedar preñadas, la disponibilidad del semen cuando se necesite, la calidad del semen, problemas con los servicios de envio( cierre de aeropuertos, trancones), esperar al destete si no queda preñada en los primeros celos despues del parto; en fin son muchas las variables entendiendo la buena fe departe del dueño de la yegua como del caballo y sus respectivos veterinarios.

si son dueños del reproductor, ustedes estan vendiendo un servicio, dando unas garantias como tres colectas en al semana, garantia de cria viva, y otros hablan de crias viables, pero de esto no depende que ustedes como propietarios deban tener una obligacion de por vida hasta que el que compro el salto se digne a pedir un reporte de monta y ademas registre el animal.
porque si no le ponen limite a esto cual seria, si me nace una cria muy pintada entonces digo que nacio  muerta y pido mas semen, si no registro hasta que el animal este de arrendar para el dueño del reproductor este es un salto que todavia deberia estar pendiente, porque solo con el reporte de monta yo puedo despues alegar que se aborto o que nacio muerto y se me habia olvidado llamar para reportar esto.

indudablemente por eso esta pasando esto, la poca seriedad en el negocio, los que compramos un salto solo tenemos un recibo de consigancion ( que la mayoria de veces se hace a nombre de otras personas que no es el dueño del reproductor que aparece en fedequinas, secretarias, veterinarios, otro dueño, etc), y depues como podemos reclamar ante una eventualidad.

pero si yo soy el dueño del repoductor, y por quinientos mil o por un millon, voy a tener una obligacion de por vida con el que me compre un salto, hasta que este se digne a registar la cria, entonces esto de poder preñar nuestras yeguas de caballos ajenos se va a poner muy dificil.

ademas tienen que tener en cuenta que el negocio en este momento se basa en la etica de los veterinarios que manejan tanto el reproductor como las yeguas, los envios valen y si es uno por preñes esto es llevadero, pero cuando se presentan problemas de calidad de semen, cantidad de espermatozoides, volumen del eyaculado y nos envian semen de mala calidad, la unica garantia es llamar al veterinario y hacer un reclamo, y si son condecedientes nos regalan el proximo envio.
pero cuando servimos varias yeguas con el mismo envio, cuando servimos otra yegua, cuando nuestra yegua esta preñada y la vendemos no pedimos el reporte de  monta para no perder el salto y lo pedimos despues para otra yegua.

por eso digo hay que legislar, pero nunca podemos ver solo lo que nos atañe, este mundo del ccc es un gran mundo, y por eso hay que defender a todos los que hacemos parte de el.

Desconectado Lucho F.

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #28 : Septiembre 10, 2012, 08:25:52 am »
Si, esto es cierto, pero una cosa es que ud acepte las condiciones en un documento cuando compra el salto y otra que espontaneamente le salgan con condiciones que no se han pactado.
Respecto a las varias cosas que ud menciona hay una que es el hecho de que el animal nazca con un defecto descalificante de origen genetico y no pueda competir, para mi esto es igual o peor a que si nacciera muerta ya que el objetivo de comprar un salto de un animal de elite es ir con la cria a las pistas, y esa es la misma aspiracion del propietario del reproductor, ya que una cria extra impulsara la venta de saltos de el mismo, de modo que si de entrada esta descalificada, deberia darme garantia de la cria.
Luis E. Fajardo D.
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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #29 : Septiembre 10, 2012, 08:52:26 am »
como usted lo dice, una cria con defectos descalificantes, es mas preocupante que cualquier otra cosa, pero para poder solucionar esto hay que hacer un estudio genetico para poder saber cual es el causante de esto, si la yegua o el repoductor, basicamente se deberia decir que es un desatino del que decidio cruzar estos dos animales.
pero en este momento conozco varios casos, y la unica solucion que se da es que el propietario del reproductor reconoce con otro salto, siempre y cuando se sacrifique ese animalito que acaba de nacer o este animalito pase a ser propiedad del dueño del reproductor.

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #30 : Septiembre 11, 2012, 01:49:40 pm »
Las Marias, esta seria una solucion razonable, me refiero a que se reponga con un nuevo salto del reproductor, lo de sacrificar la cria debe estar a criterio de cada quien, ya que este ejemplar no le sirve al expositor y el propietario del reproductor para que querria llenarse de ejemplares descalificados
Luis E. Fajardo D.
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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #31 : Septiembre 11, 2012, 02:50:50 pm »
PRECISAMENTE PARA ESO ES EL CONTRATO.

EL PROPIETARIO DEBE PONER EN L DOCUMENTO TODAS LAS CONDICIONES CLARAS.
COMO CUANTOS ENVIOS INCLUYE, QUE GARANTIAS TIENE, QUE TERMINO TIENE PARA UTILIZARLO ETC.

EL COMPRADOR SINO ESTA DE ACUERDO CON LO QUE ESTA ESTIPULADO EN EL COTRATO Y LO QUE OFRECE EL PROPIETARIO DEL CABALLO, PUES NO LO COMPRA Y LISTO.
PERO SI LEE, ENTIENDE Y PAGA SABE A QUE SE ATIENE.

EL DERECHO ES SENCILLO, ES DE LOGICA. LO QUE FALTA ES QUE NOS ORGANIZEMOS EN TODO SENTIDO.

SI YO EL DIA MAÑANA TENGO UN REPRODUCTOR, VENDO SERVICIOS Y TODO QUEDARA CLARO EN UN CONTRATO. EN ESE DOCUMENTO QUEDARA EL NUMERO DEL SERVICIO, UN MAXIMO DE 5 TRASPASOS, UNA VIGENCIA DE DOS AÑOS PARA UTILIZARLO Y LAS GARANTIAS DEBIDAS.

CON ESO, LAS PARTES QUEDAN TRANQUILAS. SU HAY CLARIDAD DESDE EL PRINCIPIO, NO HABRA PROBLEMAS EN EL FUTURO.

SLDS,

NBR
Nicolas Briceño R

La Iliada ® Criadero Equino
iliadacriadero@gmail.com

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Re:**Cual debe ser la vigencia de los saltos??
« Respuesta #32 : Septiembre 11, 2012, 07:58:03 pm »
Muy importante aclarar un punto en el caso si venden ese reproductor, vemos muchos casos que venden el caballo,  hasta ahí llego el saltico y esa platica se perdió.